La Superintendencia de Bancos emitió la Circular SB: CSB‑REG‑202500014 con un objetivo claro: garantizar que cancelar un producto financiero sea tan simple y accesible como contratarlo. Esta disposición fortalece la protección de los usuarios y las usuarias del sistema financiero dominicano, asegurando que las entidades no dificulten ni entorpezcan el cierre de productos y servicios.
En otras palabras, tu derecho a cancelar está más protegido que nunca.
La circular dispone que la cancelación debe realizarse, en principio, por el mismo canal de contratación del producto. Esto significa que:
Esta medida busca coherencia, simplicidad y un trato justo entre contratación y cancelación, brindando flexibilidad y evitando limitaciones innecesarias.
¿Qué implica para las entidades financieras?
Las entidades deben garantizar que la experiencia de cancelación sea clara, transparente y sin obstáculos. En concreto, están obligadas a:
Este último punto es clave: tu solicitud no puede quedar indefinidamente “en proceso”. Existe un plazo límite, lo que protege tu tiempo y tu derecho como usuario o usuaria del sector financiero.
¿Cuándo la entidad NO está obligada a proceder con la cancelación solicitada?
Aunque el derecho a cancelar está garantizado, existen situaciones específicas donde la entidad puede denegar o posponer la cancelación, tales como:
En caso de que, conforme las políticas de validación de identidad del cliente, la entidad no haya podido comprobar la identidad del solicitante de la cancelación.
En cualquiera de estos casos, la entidad debe informar claramente el motivo por el cual no puede proceder con la cancelación hasta que la situación se regularice. En caso de que no estés de acuerdo con el tratamiento o respuesta dada por la entidad, recuerda que en ProUsuario estamos para orientarte.
¿A qué productos aplica?
La disposición aplica a cualquier producto o servicio financiero que haya sido contratado de manera no presencial:
Importante recordar, para que tengas acceso a un canal digital o no presencial para la cancelación de un producto o servicio, previamente el mismo ha debido ser contratado por canal no presencial y siempre que no existan circunstancias de excepción que imposibiliten que la entidad proceda a la cancelación solicitada.
¿Cuáles son los beneficios para los usuarios/as?
La circular refuerza tus derechos y te permite tener mayor control sobre tus decisiones financieras. Entre los beneficios más importantes están:
En resumen, te ofrece tranquilidad y evita que sigas pagando por productos que ya no necesitas sin necesidad de traslado o fricciones.
Esta medida garantiza que la cancelación no sea un proceso complejo ni condicionado, sino un derecho accesible, ágil, transparente y equilibrado.
Cancelar un producto financiero debe ser tan sencillo como contratarlo, y ahora, lo es.