Actualmente, el acceso al crédito forma parte de la vida cotidiana de muchas personas, sin embargo, la forma en que se registra y se utiliza la información crediticia puede influir directamente en las oportunidades financieras de los usuarios y usuarias. En ese contexto, la Superintendencia de Bancos emitió la Circular SB: CSB-REG-2026000006, que introduce un cambio relevante en la forma en que se visualiza la información en la Central de Riesgos. A continuación, te explicamos qué significa esta medida y sus efectos en la gestión de la información crediticia.
Prestar una cuenta bancaria a un tercero —aunque se trate de un familiar, amigo o persona de confianza es, lamentablemente, una práctica bastante común. Muchas veces se realiza como un favor para alguien que necesita “recibir un dinero” o que afirma que su cuenta “tiene problemas”. Aunque parezca un gesto de solidaridad, esta práctica puede implicar riesgos legales y financieros, como la vinculación con actividades ilícitas, que pueden conllevar no solo al bloqueo de la cuenta, sino también que te veas involucrado en investigaciones por lavado de activos, fraude o robo.
La Superintendencia de Bancos emitió la Circular SB: CSB‑REG‑202500014 con un objetivo claro: garantizar que cancelar un producto financiero sea tan simple y accesible como contratarlo. Esta disposición fortalece la protección de los usuarios y las usuarias del sistema financiero dominicano, asegurando que las entidades no dificulten ni entorpezcan el cierre de productos y servicios.
Siguientes pasos:
Para cuentas inactivas, debes ponerte en contacto con la entidad financiera para validar los datos y reactivarla.
En el caso de que tengas una cuenta abandonada, puedes contactar al Banco Central para recuperar tus fondos. Realiza tu cita previa al teléfono 809-221-9111 extensiones 3535 y 3413 (Departamento de Tesorería, Banco Central).
Verifica si tienes ahorros en alguna cuenta INACTIVA o abandonada
Al cumplirse tres años sin que hagas ningún retiro o depósito, tus cuentas pasan a considerarse como inactivas. Llegado este plazo, tu ahorro continúa generando intereses, sin embargo, tu entidad debe suspender el cobro de comisiones. Para reactivar tu cuenta o cancelarla, debes de contactar a tu entidad financiera y seguir los pasos que te indique.
En el caso de las cuentas abandonadas, si esta llega a diez años sin movimientos, incluyendo los tres años que transcurrieron antes de que sea considerada inactiva, adoptará el estatus de abandonada. Los fondos pasarán a la custodia del Banco Central y no devengarán intereses mientras se mantengan en esta institución. Para reclamarlos debes contactar al departamento de tesorería del Banco Central, programando una cita previa al teléfono (809)-221-9111, ext. 3535, 3413. Si la cuenta llega a pasar 10 años adicionales en el Banco Central, es decir, un total de 20 años desde que cesaron los movimientos de la misma, su saldo será transferido al Fondo de Contingencia y el depósito no será recuperable. Este fondo fue creado para garantizar los depósitos de los usuarios en caso de que una entidad de intermediación financiera sea disuelta.
Las entidades de intermediación financiera tienen el deber de realizar gestiones a fin de localizar a los dueños de las cuentas que se encuentran en estado de inactividad. Sin embargo, recuerda que los productos que contratas son tu responsabilidad y debes darles seguimiento constantemente. Lo recomendable es cerrar las cuentas en desuso y mantener solo aquellas que son necesarias, y darles movimiento con regularidad.