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Actualmente, el acceso al crédito forma parte de la vida cotidiana de muchas personas, sin embargo, la forma en que se registra y se utiliza la información crediticia puede influir directamente en las oportunidades financieras de los usuarios y usuarias.  

En ese contexto, la Superintendencia de Bancos emitió la Circular SB: CSB-REG-2026000006, que introduce un cambio relevante en la forma en que se visualiza la información en la Central de Riesgos. A continuación, te explicamos qué significa esta medida y sus efectos en la gestión de la información crediticia. 

¿Qué es la Central de Riesgos? 

La Central de Riesgos es una base de datos administrada por la Superintendencia de Bancos, que recopila la información crediticia de los usuarios/as del sistema financiero, incluyendo su comportamiento de pago, por mandato del literal(a) del Artículo 56 la Ley No. 183-02 Monetaria y Financiera.  

¿Qué cambia con la nueva disposición? 

Con la nueva medida, a partir del cinco (5) de mayo del año 2026, la información negativa asociada a créditos no pagados solo se mostrará por un máximo de cuatro (4) años. 

Esto significa que, una vez transcurrido ese plazo desde el vencimiento de la deuda o su reporte de falta de pago a la Superintendencia de Bancos, dicha información dejará de ser visible en la consulta crediticia utilizada para analizar y considerar nuevas solicitudes de financiamiento, sin perjuicio de que las entidades de intermediación financiera puedan conservar sus registros internos y continuar utilizando otros mecanismos de evaluación de riesgo, conforme a la normativa vigente. 

¿Por qué se establece este límite? 

Esta disposición responde a principios de protección de datos personales y a criterios de limitación del plazo de conservación, así como de la finalidad de la información conservada, en particular: 

  • La información debe ser relevante y actual. 
  • No debe utilizarse de forma indefinida cuando ya no cumple su finalidad. 
  • Debe existir un equilibrio entre la evaluación del riesgo y los derechos de los usuarios/as financieros. 

En consecuencia, se incorpora el principio mejor conocido como “derecho al olvido”, aplicado al ámbito financiero. 

¿Esto elimina la deuda?  Si no se ve la deuda, ¿ya no debo pagar? 

No. Es importante que comprendas que: 

  • La deuda no desaparece, por tanto, debes saldarla como corresponde. Te recomendamos, de ser necesario, te acerques a la entidad y trates de lograr un acuerdo de pago. Aunque no se muestre en la Central de Riesgos, la deuda sigue siendo válida y exigible. 
  • La deuda puede ser reclamada por la entidad de intermediación financiera o por terceros. Las entidades de intermediación financiera mantienen su derecho de cobro, y pueden llevar procesos tanto judiciales como extrajudiciales. También, pueden trabar medidas conservatorias, como son los embargos retentivos, que pueden afectar tus cuentas. En resumen, la aplicación de esta Circular se limita exclusivamente a la visualización de la información, no a la existencia de la deuda. 

¿Esta medida aplica para todos los casos? 

No. Se excluyen: 

  • Deudores en procesos de reestructuración judicial. 
  • Deudores en procesos de liquidación judicial. 

En estos casos, la información puede tratarse de forma distinta conforme la normativa aplicable. 

¿Cómo puedes saber si tienes deudas pendientes? 

Puedes hacerlo de varias formas: 

  • Contactando directamente a la entidad de intermediación financiera donde tomaste el crédito. 
  • Solicitando un estado de cuenta o carta de saldo. 
  • Revisando comunicaciones o notificaciones de cobro. 
  • A través del servicio de información financiera que provee de manera gratuita ProUsuario. 

Es importante que recuerdes que, aunque una deuda no aparezca en la consulta crediticia, puede seguir activa. 

¿Cómo te beneficia esta medida? 

Este cambio busca promover que: 

  • Personas que tuvieron dificultades económicas en el pasado puedan reintegrarse al sistema financiero. 
  • Se promueva una evaluación basada en tu situación actual, no únicamente en eventos pasados.  

¿Qué debes tener en cuenta? 

Aunque la medida representa un avance importante, es fundamental que: 

  • Mantengas un buen historial de pago. 
  • Revises periódicamente tu información crediticia. 
  • Tengas presente que las entidades de intermediación financiera pueden utilizar otros mecanismos de evaluación de riesgo. 

La nueva disposición no borra las deudas, pero sí introduce un cambio importante: limita el tiempo durante el cual la información negativa pudiese afectar tu acceso al crédito. 

Se trata de un paso hacia un sistema que evalúa mejor el presente y facilita nuevas oportunidades para los usuarios y usuarias del sistema financiero. 

Lecturas recomendadas: 

Consulta crediticia: ¿cómo aprovechar este servicio gratuito? 

Recupera tu crédito – Recomendaciones para sanear tu historial 

Historial y score crediticio, ¿cuál es la diferencia? 

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